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¿Cuándo se hará la subasta?

 Actualmente el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (INCABIDE), se encuentra en  la fase final del proceso de registro y tasación de los bienes para la primera venta en subasta pública.

Esta subasta incluirá una variedad de activos, entre ellos: inmuebles (casas, apartamentos y solares) y muebles (automóviles, motocicletas, chatarras, joyas, entre otros). 

La venta será realizada conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 60-23 sobre la Administración de Bienes Secuestrados, Incautados y Abandonados en Procesos Penales y Juicios de Extinción de Dominio. 

Para asegurar la transparencia del proceso, la convocatoria se difundirá a través de  un periódico de circulación nacional, el portal web institucional del INCABIDE (www.incabide.gob.do) y las redes sociales de la entidad.

¿Dónde hacer la inscripción?

Las personas interesadas en participar en el proceso de venta de Bienes Inmuebles en Pública Subasta Ascendente, podrán inscribirse  en las oficinas del INCABIDE, ubicadas en la calle F No. 5, Sector Arroyo Hondo Viejo, Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana.

 ¿Qué costo tendrá la inscripción?

 El costo de inscripción será por la suma de RD$5,000.00 que no serán reembolsables.

¿Quienes no pueden participar en la subasta?

Conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 60-23, sobre administración de bienes y su Reglamento de Aplicación, no podrán participar en la subasta las personas siguientes:

  1. a) Funcionarios del Estado;
  2. b) Funcionarios o empleados del INCABIDE o de su Consejo Directivo;
  3. c) Familiares o cónyuge del personal del INCABIDE o de su Consejo Directivo hasta el tercer grado de consanguineidad o segundo de afinidad, inclusive, por sí o por medio de terceros;
  4. d) Imputados de crímenes y delitos, directamente o a través de terceros, sus familiares hasta tercer grado de consanguineidad o segundo de afinidad, inclusive;
  5. e) Personas Físicas o Jurídicas que haya intervenido como asesora en cualquier etapa del procedimiento de subasta
  6. f) Las personas naturales o jurídicas que no estén al día en el cumplimiento de su obligación tributarias o de seguridad social, de acuerdo con los que establezcan la normativa vigente;
  7. g) Las empresas cuyos directivos hayan sido condenados por el delito contra la administración pública, delito contra fe pública o delitos comprendidos en las convenciones internacionales de la que el país sea signatario;
  8. h) Las personas que suministren informaciones o documentaciones falsas al proporcionar las informaciones exigidas en el Pliego de Condiciones;

¿Cuánto será el  costo del pago de garantía para los inmuebles?

En adición al monto de inscripción, los interesados deberán abonar el diez por ciento (10%) del monto del precio fijado para la primera puja a los bienes inmuebles a subastar que sean de su interés. Este monto será reembolsado íntegro a los interesados que no resulten adjudicatarios.

¿Se podrán visitar los inmuebles?

Una vez inscritos, los interesados podrán visitar  los bienes inmuebles a subastar, de acuerdo a agenda preestablecida.

 Pliego de Condiciones

El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del día de la publicación de la convocatoria en el portal digital del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (INCABIDE): www.incabide.gob.do.

Normas de participación

Las personas, sean físicas o jurídicas que decidan participar en el proceso de Venta en Subasta Pública Ascendente INCABIDE-BI-01/2025, deberán declarar y firmar documento expresando lo siguiente:

1) Que autorizan al personal del INCABIDE a revisar el historial crediticio, así como la validación por los medios que considere convenientes de la información suministrada;

2) Que entienden y aceptan someterse a las normas que rigen la subasta conforme se establece  el  Pliego de condiciones;

3) Que se obligan a conocer, previo a la presentación de la propuesta económica, el estado físico del activo subastado;

4) Que renuncian a cualquier fuero, que en razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderle. Sin perjuicio de la posibilidad de llegar a acuerdos, en cualquier etapa procesal, en caso de que llegara a ocurrir una litis.

5) Que en caso de controversias que pudieran surgir durante el procedimiento de subasta o de contrato de compraventa que de ella se derive, podrá hacer las reclamaciones que considere de lugar a través de los recursos administrativos y el Tribunal Contencioso Administrativo, en los términos y plazos dispuestos por la Ley Núm. 107-13, que rige los derechos de las personas en su relación con la administración.

Validación de información

El personal de los órganos correspondientes del INCABIDE, evaluará y confirmará la veracidad de la información suministrada por las personas interesadas en participar en la subasta.