El Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (INCABIDE), es el órgano responsable de la administración y destinos de los bienes incautados, decomisados, abandonados en un proceso penal y en extinción de dominio. Provisto de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Hacienda. Continuador jurídico de la Oficina de Custodia y Administración de Bienes Incautados y Decomisados (OCABID) de acuerdo a la Ley 60-23.
Estructura
Nuestra estructura está conformada por:
El Consejo Directivo del INCABIDE tiene facultad reglamentaria para todo lo relativo a la custodia y administración de los bienes incautados, abandonados en un proceso penal, secuestrados, decomisados y en extinción de dominio, así como para regular los procesos de disposición de la posesión, tenencia y titularidad de dichos bienes, según las disposiciones y alcances de la Ley 60-23.
Como órgano normativo, deliberativo y de control, el Consejo Directivo estará integrado por los funcionarios siguientesEl ministro (a) de Hacienda, quien lo preside;
Misión
Garantizar la protección y conservación de los bienes secuestrados, incautados, decomisados, abandonados y en extinción de dominio, a través de la implementación de procesos de administración transparentes que contribuyan al fortalecimiento del estado de derecho del país.
Visión
Ser una institución transparente, reconocida por la gestión eficiente de los bienes incautados, decomisados, abandonados y en extinción de dominio producto del lavado de activos, con la consecuente contribución a la prevención del consumo de drogas y la lucha contra el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
Valores
Base Legal
Atribuciones Principales
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El Lic. Manuel Oviedo Estrada, como titular de la Oficina de Custodia y Administración de Bienes Incautados (OCABID) en cumplimiento a su compromiso como funcionario público, procedió a la firma del Compromiso Ético de los Altos Funcionarios Públicos con el Gobierno y la Sociedad, honrando la posición gubernamental para la cual fue designado y los valores constituciones de la República.
Este compromiso constituye un sumario de responsabilidades que asumen los funcionarios de alto nivel y que le sirve como guía de buena gobernanza para dirigir las instituciones públicas de forma honesta y transparente, absteniéndose de la comisión de hechos contrarios a la ética y el ordenamiento jurídico nacional.
Dicho documento, inmediatamente fue remitido en original a la Dirección de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG). El Decreto No. 486-12 en su artículo 6 establece como una de las funciones de la DIGEIG recibir y mantener en resguardo los originales de los compromisos suscritos por los designados en altos cargos, y establecer los mecanismos de seguimiento a su cumplimiento, así como velar por la aplicación de las acciones pertinentes, en caso de que sean vulnerados.